Hasta el 15 de mayo tienen tiempo las empresas para depositar CTS


Los empleadores de la micro, pequeña, mediana y gran empresa tienen plazo hasta el próximo miércoles 15 de mayo para depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al periodo semestral noviembre 2012 – abril 2013, informó hoy la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

El gremio empresarial advirtió que los trabajadores sólo pueden retirar su CTS, si el monto depositado excede a los seis sueldos que son intangibles (intocables, salvo por motivo de cese del trabajador).

Detalló que para conocer si el empleador está obligado a efectuar el próximo depósito de CTS, se debe tener en cuenta: el tipo de empresa (micro, pequeña, mediana y gran empresa) y si los trabajadores son nuevos o antiguos.



Asimismo se debe tener en cuenta si la empresa está o no inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) y si el trabajador cuenta o no con un mes de trabajo al 30 de abril 2013.

En el próximo depósito de la CTS pueden presentarse hasta ocho casos concretos que los empleadores deben tener en cuenta, a efectos de determinar si están obligados a depositar la compensación por tiempo de servicios (CTS).

Por ejemplo, si una empresa es mediana o grande, las reglas para efectuar el depósito de CTS no han variado. En consecuencia, los empleadores deben tomar en cuenta la remuneración del trabajador al 30 de abril, a la que debe agregarse un sexto de la gratificación que percibió el trabajador en diciembre 2012.

En el caso de la pequeña empresa pueden presentarse tres situaciones: si la pequeña empresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores antiguos o nuevos, tendrán derecho a CTS conforme a las reglas generales.

En el caso de la empresa que esté inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes del registro tendrán derecho a CTS según las normas del régimen general, mientras que en el caso de los trabajadores nuevos, contratados luego del registro de la pequeña empresa, tendrán derecho al 50 por ciento de CTS, que debe ser calculada conforme al régimen general.

Los trabajadores que al 30 de abril de 2013 tengan menos de un mes de servicios, no tienen derecho al depósito de la CTS que vence el 15 de mayo, pero los días laborados se sumarán al semestre mayo – octubre  2013 y la CTS acumulada se depositará hasta el 15 de noviembre de 2013.

Fuente: [Andina]

Comentarios

Entradas populares

SUNAT establece cronogramas para pago de impuestos

El 47.9% de la PEA estuvo adecuadamente empleada en el último trimestre del 2009

Condiciones climáticas para el 2012 podrían afectar la agricultura