Trabajadores podrán deducir del Impuesto a la Renta los gastos en IGV pagados en restaurantes y hoteles

  • - Se amplía, además, la lista de servicios profesionales que trabajadores pueden deducir como gastos.
  • - Medidas son parte de las acciones que el Gobierno está tomando para aumentar la formalización, reducir la evasión y la elusión tributaria

Lima, 03 de noviembre de 2018.- Mediante Decreto Supremo N° 248-2018-EF se modificó el reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (IR) en lo referido a las deducciones de gastos de personas naturales, incluyendo como nuevos gastos que los trabajadores pueden deducir de sus rentas del trabajo, el 15% de la contraprestación y el IGV pagado por servicios prestados por restaurantes, bares, cantinas y hoteles.

Para hacer efectivo este beneficio, a partir de 2019, los restaurantes, bares, cantinas y hoteles deberán emitir comprobantes electrónicos. De esta manera, la SUNAT podrá registrar en tiempo real ese mismo recibo y automáticamente ser considerado gasto para la deducción correspondiente a fin año.

Además, el Decreto Supremo publicado hoy amplía la lista de servicios de profesionales u oficios que pueden ser deducidos como gastos para el pago del IR. De esta manera, todos los servicios profesionales u oficios podrán ser deducibles.

“Ahora será mucho más sencillo deducir los gastos que realizan los trabajadores que pagan impuesto a la renta, además de generarse el incentivo para que las personas soliciten sus recibos para poder deducirlo. Estas medidas son parte de las acciones que venimos tomando para aumentar la formalización y reducir la evasión y la elusión tributaria”, resaltó el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva.

Los trabajadores, para determinar su IR, pueden deducir como gasto de sus rentas de trabajo, entre otros, el 30% del importe pagado por los servicios prestados por trabajadores independientes que desempeñan una profesión u oficio (rentas de cuarta categoría)1. Hasta antes del Decreto Supremo publicado hoy, eran solo 13 las profesiones y oficios deducibles de gasto. Con la publicación de este Decreto,a partir del 1 de enero de 2019 todas las profesiones y oficios darán derecho a la mencionada deducción.

También, con la finalidad de promover las mencionadas deducciones se elimina el requisito de bancarización, excepto a aquellas transacciones por importes menores a S/ 3,500 o US$ 1 000.

De esta manera, alrededor de dos millones de trabajadore se podrán beneficiar de la deducción de gastos, con lo que se promueve la formalización. Según información de la SUNAT, el nivel de evasión del IGV de los sectores de restaurantes, bares, cantinas y hoteles es alrededor del 86% del impuesto potencial y equivale a aproximadamente S/ 3 200 millones, por lo que medidas como esta buscan promover reducir esos niveles de elusión o evasión.

OFICINA DE COMUNICACIONES

 

Fuente: Ministerio de Economía.

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