Impacto de la Ley N° 31131 en el proceso de trámite de nuevos registros CAS en el AIRHSP

Como consecuencia de la publicación de la Ley N° 31131, “Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público”[1], la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos solo podrá atender los requerimientos de aquellos contratos suscritos hasta el 09 de marzo de 2021.
 
Para tal efecto, se dispone lo siguiente:
 
1.        Para los requerimientos de nuevos registros CAS se establecen los siguientes requisitos:
a)        Informes de la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces de la Unidad Ejecutora.
b)        Informes de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de la Unidad Ejecutora y del Pliego.
c)         Copia simple de los contratos suscritos hasta el 09 de marzo de 2021.
 
2.        Para el alta de personal en registros vacantes se establecen los siguientes requisitos:
a)        Oficio de la Unidad Ejecutora
b)        Copia simple de los contratos suscritos hasta el 09 de marzo de 2021.
 
3.        Las solicitudes que no cumplan con estos requisitos no podrán ser atendidas en aplicación de la Ley N° 31131.
 
 
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FISCAL DE RECURSOS HUMANOS
VICEMINISTERIO DE HACIENDA

[1] Ley publicada el 9 de marzo de 2021. De acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 4 de la referida Ley a partir de su entrada en vigencia, el 10 de marzo, ninguna entidad del Estado podrá contratar personal a través del régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS).


Vía NNPP economía

Comentarios

Entradas populares

SUNAT establece cronogramas para pago de impuestos

El 47.9% de la PEA estuvo adecuadamente empleada en el último trimestre del 2009

Condiciones climáticas para el 2012 podrían afectar la agricultura