Creación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Servicios de Salud es propuesta por Apeseg

(ANDINA).- La Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg) propuso la creación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Servicios de Salud (SOASS), el cual actuaría bajo la modalidad de un seguro de accidentes personales y no de responsabilidad civil.

Explicó que el SOASS toma las exitosas características del Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito (SOAT), el cual desde su creación en julio del 2002 ha pagado más de 1,000 millones de nuevos soles a cerca de 400 mil lesionados y 16,000 fallecidos, en más de 350 mil accidentes de tránsito.


La iniciativa de Apeseg plantea que el SOASS sea obligatorio toda vez que debe alcanzar a todos los profesionales de la salud y establecimientos de salud de Perú.

Apeseg ha determinado diez casos que serían cubiertos por este seguro, que representarían aproximadamente más del 60 por ciento de los accidentes de servicios de salud registrados.

La cobertura de este SOASS por cada persona sería de cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 14,400 soles por muerte, hasta cuatro UIT por invalidez y por gastos de sepelio hasta una UIT, (3,600 soles).

Se pagaría a los usuarios de los servicios de salud una indemnización como consecuencia de accidentes que ocasionen lesiones corporales, invalidez o muerte; y que ocurran mientras se reciba atención médica por profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud.

La indemnización se pagará sin investigación ni pronunciamiento previo de autoridad alguna, bastando la sola demostración de la ocurrencia y de las consecuencias que haya sufrido el usuario de los servicios de salud, independientemente de la responsabilidad del profesional de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud.

Las indemnizaciones que se paguen no reducen la suma asegurada y la víctima no perdería el derecho que le asiste de acuerdo a ley de reclamar una indemnización adicional de quien sea civilmente responsable.

Además, el haber recibido una indemnización por el SOASS no implica reconocimiento ni presunción de culpabilidad que pueda tener el profesional de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, ni servirá como prueba en tal sentido, en caso de ejercerse acciones civiles o penales.

La Apeseg realizó esta presentación en la Audiencia Pública “Negligencia Médica: ¿Fondo o Seguro?, Beneficios, Riesgos, Costos y Alternativas” celebrada en el Congreso de la República.

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