Derechos antidumping aplicados a importaciones de biodiesel de EEUU serán anulados por Indecopi

(ANDINA).- El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) informó hoy que desde el 17 de marzo se dejará sin efecto la aplicación de los derechos antidumping provisionales aplicados a las importaciones de biodiesel puro (B100) originarias de los Estados Unidos.

Según una resolución de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi, publicada hoy, la medida incluye también a las importaciones de mezclas que contengan una proporción mayor al 50 por ciento de biodiesel (B50) procedentes de Estados Unidos.

El Indecopi recordó que a solicitud de Industrias del Espino en julio del 2009 se inició un procedimiento de investigación por supuestas prácticas de dumping en las exportaciones al Perú de biodiesel originario de los Estados Unidos.

En el marco de dicho procedimiento, la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi dispuso la aplicación de derechos antidumpig provisionales mediante una resolución publicada el 15 de noviembre del 2009.

Los referidos derechos fueron impuestos en una cuantía de 212 dólares por tonelada, sobre las importaciones de biodiesel puro (B100) y de las mezclas que contengan una proporción mayor al 50 por ciento de biodiesel (B50) en su composición, que sean originarias de los Estados Unidos.

Se dispuso que los derechos antidumping provisionales se apliquen por un periodo de cuatro meses y entraron en vigencia a partir del 16 de noviembre, por tanto, los derechos antidumping provisionales tienen vigencia hasta el 16 de marzo del 2010.

“Toda vez que el 16 de marzo del 2010 se cumplen cuatro meses de la entrada en vigencia de los derechos antidumping, corresponde suprimir los derechos antidumping provisionales vigentes”, dice la resolución publicada hoy.

Dicha medida será notificada a todas las partes que intervinieron en el procedimiento de investigación, a las autoridades de los Estados Unidos y a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), para los fines correspondientes.

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