SBS elimina comisión que entidades financieras cobran a sus clientes por pago adelantado de deuda

(ANDINA). La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó su Reglamento de Transparencia determinando cuatro nuevos conceptos que las entidades financieras no podrán cobrar a sus clientes, entre ellos la comisión que cobran cuando los clientes realizan el prepago de sus créditos.

De esta forma, ahora los usuarios del sistema financiero podrán pagar por adelantado sus cuotas o cancelar la totalidad de sus deudas sin que las entidades financieras les cobren un cargo por ello.

Los tres restantes nuevos conceptos prohibidos de cobrarse son el cargo por evaluación y administración de las garantías vinculadas a los créditos hipotecarios de viviendas, los cargos por la remisión de depósitos al Fondo de Seguro de Depósitos, y los cargos por la emisión y por la entrega de la primera constancia de no adeudo por la cancelación de un crédito.

La SBS tomó esta medida en atención a la entrada en vigencia del Código de Protección y Defensa del Consumidor, por lo que publicó una resolución que modifica el Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero (Reglamento de Transparencia).

Ello para adecuar las disposiciones que rigen los derechos de los usuarios del sistema financiero a aquellos reconocidos en el Código del Consumidor.

La norma busca desarrollar con mayor detalle los criterios de determinación y limitaciones que deben existir para el cobro de comisiones o gastos a los usuarios del sistema financiero.

Establece además, como criterio fundamental, que los cargos que se pueden cobrar deben corresponder a servicios que efectivamente presten las entidades financieras a sus clientes y que además puedan ser debidamente sustentados, en caso contrario, las comisiones que no cumplan con este criterio deberán ser inmediatamente eliminadas.

Con los cuatro nuevos conceptos que las entidades financieras no podrán cobrar a sus clientes, la SBS ha identificado un total de 15 conceptos que las entidades financieras están prohibidas de cobrar como comisiones o cargos.

En el Reglamento de Transparencia anteriormente vigente, la SBS ya había identificado 11 conceptos, los mismos que se dejaron de cobrar en las entidades financieras.

Entre ellos destacan la comisión por el desembolso de un crédito, los cargos por evaluación crediticia del cliente, y los cargos por la emisión y entrega de la constancia de la situación crediticia del deudor, cuando la empresa bancaria hubiera efectuado un reporte erróneo a la central de riesgos.

Dijo que la modificación al Reglamento de Transparencia busca brindar un acceso fácil y directo a la información del sistema financiero, a fin de que las entidades bancarias cumplan con su obligación de notificar adecuadamente a sus clientes cuáles son las comisiones o cargos que les cobrarían por cada tipo de producto que le están ofreciendo.

Así los usuarios podrán elegir el producto o servicio que sea más conveniente a sus intereses, conociendo todas sus características.

También resaltó que como resultado de su tarea de supervisión, la SBS ha logrado que se eliminen 134 cargos, entre comisiones y gastos, que no estaban en línea con la normativa del Código del Consumidor.

A esto se puede sumar 66 cargos que por iniciativa propia de las entidades del sistema financiero dejaron de cobrar a sus clientes, en aras de promover una mayor transparencia en la información dentro de un ambiente de mayor competencia y dinamismo, precisó la SBS.

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