Contribuyentes que declararon Impuesto a la Renta 2011 superan los 100,000

Más de 100,000 contribuyentes ya presentaron su declaración anual de Impuesto a la Renta 2011, mientras que mañana (lunes) se inician las fechas de vencimiento de la mencionada declaración y pago anual del impuesto, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

El plazo final de vencimiento de esta obligación para todos los contribuyentes finaliza el martes 10 de abril, de acuerdo al último dígito de su Registro Unico de Contribuyente (RUC).

La Sunat resaltó que este es el último plazo para cumplir con estas obligaciones tributarias, ya que no habrá prórrogas.

Recordó que para brindar mayores facilidades a los contribuyentes implementó la declaración simplificada de Renta, formulario virtual disponible en el portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe), que permite presentar la declaración en tres pasos, validando la información disponible en la misma.

Como en años anteriores también se encuentra disponible el archivo personalizado, que contiene información referencial del contribuyente (retenciones, declaraciones y pagos mensuales, entre otros) útil para elaborar su declaración.

Como alternativa, las personas naturales que no puedan utilizar la declaración simplificada podrán utilizar el PDT N° 669 (Programa de Declaración Telemática, que facilita la elaboración de las declaraciones), descargando previamente su Archivo Personalizado para facilitar el llenado de su declaración.

En las Cabinas PDT de los Centros de Servicios al Contribuyente, el usuario podrá recibir orientación sobre el llenado de la declaración y a través de Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe).

Están obligadas a declarar las personas naturales que hayan obtenido ingresos de Rentas de Primera Categoría (alquileres), de Segunda Categoría (sólo por  ganancia en la transferencia de acciones y otros valores mobiliarios), de Cuarta Categoría por su trabajo independiente o que tengan estos ingresos combinados con rentas de quinta categoría, que provienen de sus sueldos en planilla.

También están obligadas a presentar la declaración las personas naturales que hayan percibido un monto superior a 31,500 soles en el año 2011 por rentas de su trabajo independiente o cuando la suma de sus ingresos laborales (cuarta y quinta) más rentas del exterior (ingresos o ganancias eventuales obtenidos en el extranjero) en su caso, superen el mismo monto.

Igualmente, deberán cumplir con esta obligación todos los contribuyentes que generen rentas de Tercera Categoría (empresas), comprendidos en el Régimen General, utilizando el Programa de Declaración Telemática (PDT) N° 670.

Para obtener mayor información, los contribuyentes pueden ingresar a la página web de la Sunat (www.sunat.gob.pe), comunicarse a la Central de Consultas a los números 0-801-12-100 y 315-0730 hasta la medianoche o solicitar orientación personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente, ubicados en todo el país.

Fuente: [Andina]

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