Derechos antidumping a importaciones de tablas body y kickboard de china fueron suprimidas por Indecopi


El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) suprimió por vencimiento de plazo, la aplicación de los derechos antidumping impuestos en el año 2000, y extendida en el año 2009 hasta el 27 de julio del 2012, sobre las importaciones de tablas bodyboard y kickboard originarias de China.

Según una resolución de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi publicada hoy, la medida se aplica a tablas bodyboard para correr olas, tablas bodyboard de recreo y tablas kickboard de ese país.

También resuelve notificar esa decisión a las empresas productoras peruanas Belech, Tablas de Surf A. Tello y Sunset Borrad; a las autoridades de China y a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), para los fines correspondientes.

Recordó que los derechos antidumping deben ser suprimidos en un plazo no mayor de cinco años desde la fecha de su imposición, salvo que por propia iniciativa o a raíz de una solicitud debidamente fundamentada presentada por o en nombre de la rama de producción nacional (RPN), con la debida antelación a la fecha de expiración de las medidas, se determine que la supresión de tales derechos daría lugar a la continuación o repetición del dumping y del daño sobre la industria local.


Igualmente, dispone que los derechos antidumping impuestos permanecerán vigentes durante el tiempo que subsistan las causas del daño o amenaza de éste que los motivaron, el mismo que no podrá exceder de cinco años, salvo que se haya iniciado un procedimiento de examen por caducidad de los mismos.

Según lo dispuesto, la solicitud para el inicio de dicho procedimiento de examen debe ser presentada con una antelación no menor a ocho meses a la fecha de caducidad de las medidas.

En agosto del 2011 se informó a las empresas nacionales productoras de dichas tablas que los derechos antidumping caducarían el 27 de julio, por lo que cualquier solicitud que se pretendiera formular para el inicio de un examen a tales medidas a fin de que las mismas sean prorrogadas por un plazo adicional, debía ser presentada hasta el 27 de noviembre del 2011.

No obstante ello, no se ha recibido de las empresas nacionales solicitud alguna para el inicio de un procedimiento de examen a los derechos antidumping, por lo que corresponde suprimir las medidas antidumping a partir del 28 de julio.

Fuente: [Andina].

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